La reforma en materia de salud mental: lo que se logró y lo que falta

Esta semana se aprobaron cambios en la Ley General de Salud en materia de salud mental que finalmente atienden las críticas de los colectivos de personas con discapacidad psicosocial, esta reforma contiene puntos que bien podrían encaminarnos hacia un modelo de atención sin violencias, pero aún falta mucho por hacer.

El reconocimiento de las personas con discapacidad psicosocial como sujetos plenos de derechos, así como la transformación de los servicios de salud mental para que se atengan al respeto de estos derechos, son acciones urgentes en nuestro país y en el mundo entero.1 La referencia debería ser el marco jurídico internacional en materia de derechos humanos y sus tratados sobre discapacidad. Atender las obligaciones que esta legislación establece para los Estados implica, inicialmente, un proceso de armonización de las leyes locales. Dado que los servicios de salud mental y, en particular, los servicios de atención psiquiátrica, son la estructura que da origen y sostiene la opresión sociocultural y legal hacia las personas con discapacidad psicosocial, es aquí por donde hay que empezar. Se debería de atajar el problema de que la autoridad psiquiátrica sea la entidad facultada para evaluar la capacidad y condición mental de las personas con el fin de validar si pueden o no ejercer su capacidad jurídica.

Después de varios años de iniciativas fallidas por su carácter restrictivo de los derechos humanos, hace apenas unos días la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley General de Salud en materia de salud mental. Tal reforma contiene puntos que bien podrían encaminarnos hacia un modelo de atención sin violencias que destaque por ser verdaderamente útil y sobre todo, respetuoso de la dignidad de las personas usuarias.

Ilustración: Kathia Recio
Ilustración: Kathia Recio

Esta reforma contiene artículos relacionados con el derecho al consentimiento libre e informado sobre los procedimientos clínicos realizados a las personas usuarias de servicios de salud mental. Menciona expresamente que los internamientos serán sólo voluntarios y que la decisión podrá ser revocada por la misma persona usuaria, siempre que esta así lo considere. Esto es crucial porque afirma y reconoce que todas las personas que utilizan servicios de salud mental tienen capacidad jurídica, sin importar si se trata o no de una persona con discapacidad. Además, se reconoce que nadie deberá ser sometido a prácticas que constituyan tratos crueles, inhumanos y degradantes, ni a tratamientos irreversibles como la terapia electroconvulsiva; un avance fundamental considerando que se ha documentado que existen casos de tortura a personas usuarias de servicios de salud mental en instituciones psiquiátricas.

Otro punto a destacar, y que ha ocasionado revuelo en la opinión pública, es que a partir de la implementación de la reforma no se construirán más hospitales psiquiátricos y que los actuales se convertirán en hospitales generales o ambulatorios dentro de una red integral de servicios de salud. Esto es con el fin de terminar con el modelo asilar. La sociedad ha naturalizado supuestos y prácticas sobre la salud mental que se encuentran íntimamente ligadas a estigmas y prejuicios, entre ellas, la institucionalización. Sin embargo, desde el imaginario social resulta inconcebible asumir que las personas actualmente recluidas y cronificadas en instituciones psiquiátricas podrían vivir en comunidad como personas sujetas de derechos.

Por otro lado, hay aspectos de la reforma sobre los que hay que poner mucha atención de modo que ésta siga el modelo social y de derechos humanos de la discapacidad. Por ejemplo, la reforma establece de manera muy general lo que debería ser el modelo de atención a la salud mental sin determinar ni explicar el “cómo” de este modelo, lo cual podría tomarse como pauta para continuar reproduciendo el enfoque biomédico que emerge de la psiquiatría, y permite dejar la puerta entreabierta para que se perpetúen las lógicas manicomiales. Si no se exploran otro tipo de intervenciones y modelos de abordaje lejanos a la psicopatologización y psiquiatrización, el modelo sería el mismo, pero organizado de diferente manera.

Desde este planteamiento, subrayamos que llevar a la práctica un modelo comunitario e integral de salud mental no es instalar un número sustancial de clínicas psiquiátricas ambulatorias al alcance de todas las personas con el objetivo de diagnosticar y medicar a la población, ni tampoco el ampliar el acceso y asequibilidad a psicofármacos, asumiendo que ahora el servicio y tratamiento será tan común como “asistir al médico por una gripe”. Esto naturalizaría la psiquiatrización, instalando el alma del manicomio fuera del edificio y colocándola en la comunidad.

Para explorar prácticas respetuosas de derechos humanos, no patologizantes ni invasivas, que favorezcan el bienestar psicosocial de las personas, es necesario ver más allá de cerrar los asilos. Estas deben ser ajenas a dispositivos que lastiman el cuerpo, como la sobremedicación o las psicocirugías de dudosa efectividad, que aún son llevadas a cabo en México. En su lugar, se requieren prácticas que favorezcan la autonomía de las personas y que promuevan la vida activa en la comunidad, por ejemplo: intervenciones a través de la interacción con pares, el acompañamiento y la escucha para desescalar situaciones críticas y la toma de conciencia sobre el valor de todas las experiencias humanas, incluso de aquellas asociadas al intenso malestar emocional. De igual manera, es necesario garantizar el acceso a derechos básicos como el empleo digno y la renta básica universal. La reforma discutida no contempla ninguna de estas cuestiones. Y por otro lado, sí se advierte una referencia al consumo problemático de sustancias que contiene resabios de la perspectiva que ha patologizado y criminalizado a las personas usuarias de sustancias psicoactivas al insistir en el término “adicciones” a lo largo del texto citado.

En tanto hemos padecido en carne propia los impactos de la patologización de nuestras vidas y experiencias divergentes, sabemos del consumo de psicofármacos, la mala calidad de los servicios, el desbalance de poder entre especialistas y personas usuarias, el estigma y discriminación. Como personas expertas por experiencia, reconocemos esta iniciativa jurídica como un hecho positivo, resultado de la articulación social y el diálogo. A lo largo del proceso que llevó a la aprobación de la reforma hubo una participación activa de personas con discapacidad psicosocial, quienes defendimos los puntos irreductibles desde el primer momento: el reconocimiento pleno de nuestra capacidad jurídica y la eliminación de todas las prácticas coercitivas en los servicios. Nos sumamos al frente de organizaciones que exigen que la salud mental venga acompañada de derechos y desde ese espacio plural hicimos incidencia. Por el momento estamos en espera de la publicación oficial para que la reforma entre en vigor.

Sin embargo, sabemos que la lucha no ha terminado. Por delante queda el litigio, una participación extensa y continua del colectivo de personas con discapacidad psicosocial y, en general, de la sociedad civil. Así como la construcción de prácticas distintas a las asilares y farmacológicas, incluso desde la propia institución psiquiátrica. De la misma manera, esta reforma debe impactar en las políticas públicas y su respectivo componente presupuestario pues un modelo basado en la atención comunitaria requiere de inversión. También es imprescindible construir un cronograma para alcanzar la desinstitucionalización de las personas actualmente recluidas en asilos. El entramado ideológico, político, sanitario y jurídico que sostiene al sistema de salud mental seguramente se resistirá al cambio, con intentos de sabotaje o acciones de mala fe desde sus espacios de poder.

Esta reforma es un primer paso hacia el reconocimiento pleno de nuestros derechos humanos y libertades fundamentales, sin embargo, nuestro horizonte de lucha es más amplio aún, exigimos que se cumpla la ley en toda su extensión, pero también exigimos la construcción de mecanismos de rendición de cuentas y reparación de daños a personas que han vivido cronificación, malos tratos y tortura dentro de las instituciones. Por otro lado, también pedimos el fin del manicomio y el reconocimiento, como parte de la riqueza y diversidad humana, de la locura y las experiencias vitales que la acompañan.

Finalmente, es importante señalar que, frente al avance que significa la reforma a esta ley, hay que estar atentos a iniciativas que podrían ir en sentido contrario, en concreto con respecto a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Como es el caso de la propuesta por la senadora Sánchez Cordero para reformar el Código Civil Federal y la Ley General de Inclusión para las personas con discapacidad, o algunos componentes de la iniciativa de creación de un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que de igual manera atentan contra la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

Las vidas de las personas con discapacidad psicosocial importan.

Por el derecho al delirio, la justicia social y el buen vivir de toda persona.

 

Ilse Gutiérrez y Víctor Lizama.
Activistas por los derechos de las personas con discapacidad


1 La terminología de “personas con discapacidad psicosocial” debe usarse en la legislación para referirse a personas que puedan definirse a sí mismas de varias maneras: como usuarios o consumidores de servicios de salud mental; sobrevivientes de la psiquiatría; personas que experimentan cambios de humor, miedo, voces y visiones o locura; y personas que experimentan problemas o situaciones complejas de salud mental.

Contribución de la Red mundial de usuarios y sobrevivientes de la psiquiatría (WNUSP) al estudio temático del ACNUDH para mejorar el conocimiento y la comprensión de la CDPD,International Disability Alliance (IDA), 15 de agosto de 2008, disponible en aquí.

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Publicado en: Paradigma, Salud mental

4 comentarios en “La reforma en materia de salud mental: lo que se logró y lo que falta

  1. Muy buen artículo. Y me encantó que también abordan las iniciativas para reformas al Código Civil y de Procedimientos Civiles en materia de capacidad jurídica.
    Y justo en este sentido, quizás lo único que sugeriría es explicar mejor la relación entre capacidad jurídica y la regulación de la salud mental; su importancia para, entre otros, otorgar, y que sea respetado, el consentimiento libre e informado de la propia persona sobre los tratamientos a recibir, incluido el internamiento. Quizás muchas y muchos de los lectores no conozcan esta relación.

  2. ¿Cómo se tratarían situaciones como delirios de poder volar y querer lanzarse de una azotea, o delirios de persecución y atacar a otras personas en la calle?

  3. Mientras el paradigma biomédico sea el paradigma hegemónico, y mientras siga predominando una mirada patologizante, veo difícil que se efectúen cambios en este campo. Esta ley va a quedar en el papel. El discurso de esta ley no es nuevo. Ya se habían planteado estas ideas en administraciones anteriores. Por ejemplo, el tema del internamiento voluntario. Pero la realidad es otra. Decir que no se construirán mas hospitales es pura retórica. O ¿existían planes de construirlos? Desde 1968 se construyeron los que existen y punto. Y convertir los q existen en hospitales generales… que Dios me de vida para verlo. Y si. Como dicen los autores, el problema es el imaginario social… (como lo muestra la pregunta del sr Enrique (arriba) (delirio de volar?? ) (en la pregunta va la respuesta: no cambien nada, porque vamos a empezar a ver gente intentando volar) y el estigma y el imaginario social, ¿cómo se legisla?

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